No están todos los que son pero si son todos los que están
Un Operador Económico Autorizado (OEA) es un socio de confianza de la AEAT para las operaciones aduaneras, pudiendo disfrutar de ciertas ventajas.
Pueden solicitar la Autorización OEA todos los operadores que intervengan en la cadena de suministro: Fabricantes, Exportadores, Expedidores, Transitarios, Almacenistas, Representantes Aduaneros, Transportistas, Importadores, Consignatarios, Estibadores, Distribuidores, Consolidadores, etc.
Ser OEA no es obligatorio, cada empresa ha de determinar si las ventajas para su negocio son superiores o no a los costes de cumplir con los requisitos exigibles.
La Autorización OEA que se emita, será única para la empresa, por ello, todas las delegaciones deben cumplir con los requisitos correspondientes a la Autorización concedida.
Existen dos tipos de Autorizaciones, atendiendo a la exigencia de requisitos y de los beneficios que de ellos se deriven:
Autorización de simplificaciones aduaneras. Para los que se quieran beneficiar de simplificaciones previstas por las normas aduaneras.
Autorización de protección y seguridad. Para los que se quieran beneficiar de facilidades en los controles aduaneros relativos a la protección y la seguridad cuando las mercancías entren o salgan del Territorio Aduanero de la Unión.
Se podrán solicitar las dos autorizaciones conjuntamente para acogerse a las facilidades previstas en los apartados anteriores.
Encontramos entre otras las siguientes ventajas operativas y económicas:
Para obtener la condición de OEA es necesario cumplir con las siguientes exigencias:
La Administración exige tener procedimientos documentados e implantados sobre las siguientes cuestiones:
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